jueves, 12 de febrero de 2015

NUEVA ITC-BT-52: INFRAESTRUCTURA PARA LA RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

El coche eléctrico ya está un poco más cerca. El 31de diciembre de 2014 ha sido una fecha clave para su implantación, ya que el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para fomentar la infraestructura necesaria para la recarga de estos vehículos.
El último día de 2014 aparecía en el BOE la nueva ITC-BT-52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la punto recarga vehiculo electrico en gran hipermercadorecarga de vehículos eléctricos”. En ella se incluyen las “especificaciones técnicas correspondientes que se consideran convenientes para favorecer la implantación del vehículo eléctrico”,  según han explicado desde el Gobierno. La norma es relativa al marco del RETB (Reglamento electrotécnico de Baja Tensión, aprobado en 2002.
La nueva norma establece dotaciones mínimas de las estructuras para la recarga del coche eléctrico en edificios y estacionamientos de nueva construcción y en vías públicas:
1.- En edificios o estacionamientos de nueva construcción deberá incluirse la instalación eléctrica específica para la recarga de los vehículos eléctricos, con las siguientes dotaciones mínimas:
  • En aparcamientos o estacionamientos colectivos privados, una preinstalación mínima para que el propietario de cada plaza de aparcamiento pueda conectarse posteriormente sin incurrir en costes más altos. Esta preinstalación consiste en una conducción (mediante tubos y canales) hasta las plazas de aparcamiento. La preinstalación no incluirá ni contador, ni cables ni interruptores, sino simplemente los huecos y las canalizaciones.
  • En aparcamientos públicos permanentes o estacionamientos de flotas privadas, las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada cuarenta plazas.
2.- En la vía pública deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro a las estaciones de recarga para las plazas previstas en el Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o municipales.
punto recarga coche electrico en calle de MallorcaLa aprobación de esta norma comportará beneficios medioambientales (reducción de emisiones de CO2); en política industrial (sectores de automoción y de equipamiento eléctrico), en política comercial por la reducción del déficit comercial a causa de importación de productos petrolíferos, en movilidad urbana, calidad de vida y unidad de mercado.
Dotaciones mínimas
El Reglamento se limita a fijar las dotaciones mínimas de la estructura desde el punto de vista de la seguridad, por lo que no toma partido por ninguna de las dos alternativas que, en teoría, podrán ser aplicables: el sistema colectivo, que consiste en una línea eléctrica única de acceso al parking con derivaciones a cada plaza; y el sistema individual, que consiste en tirar una línea eléctrica específica para cada punto de recarga en el parking desde el contador de cada vivienda.
En consecuencia, la decisión final quedará en manos del consumidor, que podrá optar por cualquiera de ellas, a la vista de la situación concreta de la instalación, el distribuidor de la zona o en función de las ofertas que pudiera formular el suministrador.
- FUENTE: Artículo de http://www.voltimum.es/noticias-del-sector-electrico

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